Política de cancelación
Reservas prepagadas
En caso de cancelación, la reserva debe cancelarse con más de 3 días de antelación al inicio del alquiler para recibir un reembolso completo.
Si la cancelación se realiza con menos de 3 días de antelación o en caso de no presentarse, se cobrará el importe total del alquiler.
- 3 días o más – Reembolso completo
- Menos de 3 días – No reembolsable
Si necesita cancelar su reserva prepagada, por favor envíe un correo electrónico a hertz@hertz.is indicando su nombre y número de reserva.
Reservas con pago en destino
Las reservas con pago en destino (pago posterior) pueden cancelarse hasta el momento en que comience el alquiler. Puede cancelar este tipo de reserva en nuestro sitio web haciendo clic en el botón “Ver/Cancelar reserva” en la esquina superior derecha del sitio.
Impuesto por uso de la carretera
A partir del 1 de enero de 2026, se aplica un impuesto nacional de uso de vías a todos los vehículos en Islandia, incluidos los de alquiler de Hertz Islandia. En cada alquiler, se añadirá una tasa de uso basada en la distancia recorrida: 6,95 ISK por km (Impuesto gubernamental) + 1,40 ISK por km (Cargo por servicio) + IVA.
Política de privacidad – Dispositivos de seguimiento
Todos los vehículos propiedad de Bílaleiga Flugleiða Hertz (Hertz, Dollar/Thrifty y Firefly) están equipados con dispositivos de seguimiento proporcionados por un proveedor de servicios telemáticos. Estos dispositivos se instalan para garantizar la seguridad de nuestros vehículos y para monitorizar su uso. Los datos recopilados por dichos dispositivos incluyen, entre otros, la ubicación, la velocidad y los patrones de uso del vehículo.
Esta información se utiliza para la detección y prevención de pérdida o robo del vehículo, la tramitación de siniestros de seguro, el seguimiento del rendimiento del vehículo y para garantizar el cumplimiento de los contratos de alquiler. Nos comprometemos a proteger su privacidad y a garantizar la seguridad de sus datos personales. Los datos recopilados por los dispositivos de seguimiento se almacenarán de forma segura y solo serán accesibles para el personal autorizado.
Para más información, consulte nuestra Política de Privacidad en:
https://www.hertz.is/privacy-policy/
Al utilizar nuestros vehículos, usted acepta la instalación y el uso de estos dispositivos de seguimiento. Asimismo, se compromete a no manipular ni desactivar dichos dispositivos. Cualquier intento de hacerlo podrá dar lugar a la imposición de penalizaciones y/o a la resolución de su contrato de alquiler.
Obligaciones del Arrendatario
- El Arrendatario acepta las disposiciones del presente contrato de alquiler y declara haber recibido una copia del mismo.
- El conductor deberá tener al menos 20 años de edad y estar en posesión de un permiso de conducir válido desde, como mínimo, un año antes del inicio del alquiler. El Arrendatario se compromete a respetar la legislación y la normativa islandesa de tráfico durante la conducción. El vehículo permanecerá bajo la responsabilidad del Arrendatario durante todo el período de alquiler, que, según el presente contrato, nunca podrá ser inferior al tiempo que medie hasta que el vehículo conste como devuelto en el sistema del Arrendador. El registro de la devolución solo podrá efectuarse durante el horario de apertura del Arrendador.
- El Arrendatario deberá devolver el vehículo conforme a lo siguiente:
a. Con todos sus accesorios, incluidos neumáticos, herramientas, documentación, mapas y cualesquiera otros elementos que se encontraban en el vehículo o sobre él en el momento de la entrega, en el mismo estado en que los recibió, salvo el desgaste normal por el uso. En caso de que falte algún elemento, el Arrendatario acepta que el precio de coste de cada uno de los artículos ausentes al devolver el vehículo se cargue en la tarjeta de crédito presentada como medio de pago al inicio del alquiler. Lo mismo se aplicará si faltan piezas adicionales entregadas con el vehículo o si se devuelven en un estado insatisfactorio; en tal caso, dichos importes se cargarán igualmente en la tarjeta de crédito presentada al comienzo del alquiler.
b. En la fecha y hora acordadas indicadas en la primera página del contrato de alquiler o, en su caso, antes, si así lo exige el Arrendador, por ejemplo, en caso de incumplimiento de los presentes términos y condiciones.
c. En la estación de alquiler del Arrendador donde se alquiló el vehículo, salvo pacto en contrario. Si, al finalizar el período de alquiler, el vehículo no se deja en la estación de alquiler del Arrendador, éste quedará facultado para cobrar al Arrendatario los gastos de recogida del vehículo, de acuerdo con la lista de precios vigente del Arrendador.
d. Con el depósito de combustible lleno. Si el vehículo no se devuelve con el depósito lleno, el Arrendador estará autorizado a cobrar al Arrendatario el importe del combustible necesario para llenarlo, conforme a su lista de precios. - El Arrendatario deberá pagar el combustible y todos los demás consumos necesarios para la circulación del vehículo durante el período en que el mismo se encuentre bajo su responsabilidad, período que, a los efectos de interpretación del presente contrato, nunca será inferior al tiempo durante el cual el Arrendador tenga registrado el vehículo como devuelto en su sistema, registro que únicamente podrá realizarse dentro del horario de apertura.
- Si el Arrendatario no devuelve el vehículo en el tiempo acordado según este contrato, o no acuerda una prórroga con la oficina del Arrendador, el Arrendador o la policía estarán facultados para tomar posesión del vehículo sin previo aviso y a costa del Arrendatario. Toda ampliación del período de alquiler estará sujeta al consentimiento del Arrendador. Si el Arrendatario devuelve el vehículo una hora o más después de la finalización del período de alquiler, el Arrendador estará autorizado a cobrar hasta un día completo de alquiler con arreglo al presente contrato. Por cada día adicional que comience a partir de entonces, el Arrendador podrá cobrar todos los importes correspondientes de acuerdo con su lista de precios.
- El vehículo deberá conducirse con la debida diligencia. Únicamente las personas registradas ante el Arrendador como conductores y que cumplan las condiciones del apartado 2 anterior estarán autorizadas a conducir el vehículo alquilado. Si el vehículo es conducido por una persona que no figure registrada en este contrato de alquiler, todas las coberturas de seguro, exenciones y protecciones quedarán anuladas, y el Arrendatario será plenamente responsable del vehículo, de los daños que éste pueda sufrir, así como de los daños que pueda causar a terceros, bienes u otros vehículos, y se obliga a indemnizar íntegramente dichos daños.
- El Arrendatario asume una responsabilidad objetiva frente al Arrendador en relación con el vehículo, por ejemplo, por los daños que sufra el Arrendador o en caso de robo del vehículo.
- El Arrendatario asume una responsabilidad objetiva frente al Arrendador por los daños derivados del uso del vehículo, incluidos los causados a los pasajeros u otras personas.
- El Arrendatario será responsable de los daños derivados del uso del vehículo, incluidos los daños sufridos por el propio vehículo y/o por los pasajeros, cuando dichos daños sean imputables, entre otros, a los factores siguientes:
a. Conducción fuera de carretera (off-road).
b. Circulación por ríos o cualquier tipo de cauce de agua.
c. Actos intencionados o negligencia grave.
d. Uso de alcohol, drogas u otras sustancias intoxicantes por parte del conductor.
e. Utilización del vehículo en contravención de la legislación islandesa y/o de lo dispuesto en el presente contrato de alquiler.
f. Conducción en condiciones de ceniza volcánica y/o arena en suspensión. - El Arrendatario no estará autorizado a utilizar el vehículo para:
a. Conducción fuera de carretera, por ejemplo, en carreteras cerradas, caminos o pistas, en playas, en zonas accesibles únicamente durante la marea baja o en otras áreas sin vías habilitadas.
b. Circular por carreteras marcadas con la letra F en los mapas oficiales, así como por las carreteras Kjölur (nº 35) o Kaldidalur (nº 550) y las carreteras de acceso a Landmannalaugar (nº 208), salvo cuando se trate de vehículos de la categoría 4WD (tracción a las cuatro ruedas), con excepción de determinados modelos híbridos/eléctricos/de lujo 4WD, que el Arrendador haya aprobado expresamente como aptos para circular por dichas vías. El incumplimiento de este apartado autoriza al Arrendador a cobrar al Arrendatario las comisiones correspondientes, de acuerdo con la lista de precios del Arrendador vigente en cada momento. Lo anterior no limita la responsabilidad del Arrendatario por los daños ocasionados.
c. Conducir bajo los efectos de alcohol, drogas o cualquier sustancia intoxicante.
d. Conducir en o a través de ríos o cualquier otro cauce de agua. Este tipo de conducción será en todo caso responsabilidad exclusiva del Arrendatario.
e. Conducir sobre bancos de nieve o hielo.
f. Viajar al extranjero con el vehículo. - En caso de colisión u otro accidente, el Arrendatario deberá notificarlo inmediatamente a la policía y al Arrendador. El Arrendatario no podrá abandonar el lugar de la colisión o del accidente hasta que se haya efectuado dicha notificación y se haya personado la policía o se haya elaborado el correspondiente parte de daños. El Arrendatario deberá rellenar inmediatamente el parte de daños si se hubieran producido daños. Si el Arrendatario no comunica los daños en el plazo de 12 horas desde su ocurrencia, será plenamente responsable de los mismos y deberá abonarlos íntegramente, con independencia de la existencia de cualquier cobertura de exención por daños por colisión (CDW o SCDW) contratada al inicio del alquiler. En caso de daños en el vehículo alquilado, la puesta a disposición de un vehículo de sustitución será una decisión exclusiva del Arrendador.
- El Arrendatario se compromete a abonar al Arrendador un depósito en la cuantía estimada del alquiler y/o de otros cargos a los que pudiera estar sujeto en relación con el mismo, tales como primas de seguro y otros conceptos.
- El Arrendatario no estará autorizado a efectuar reparaciones o modificaciones en el vehículo ni en sus accesorios, ni a constituirlos en garantía, sin el consentimiento previo y por escrito del Arrendador.
- El Arrendatario será responsable de todas las multas de estacionamiento y sanciones por infracciones de tráfico. El Arrendador se reserva el derecho a cobrar una tasa administrativa al Arrendatario, con cargo a su tarjeta de crédito y de acuerdo con la lista de precios del Arrendador, en caso de que el Arrendador deba abonar multas de estacionamiento en nombre del Arrendatario y/o facilitar a las autoridades los datos del Arrendatario por infracciones de tráfico. Lo mismo será aplicable al pago de impuestos o tasas a las autoridades públicas derivados del uso del vehículo, como tasas por kilómetro recorrido.
- El Arrendatario no está autorizado a utilizar el vehículo para el transporte de pasajeros a cambio de remuneración, ni a prestarlo ni subarrendarlo.
- El Arrendatario abonará todos los costes de cobro que recaigan sobre el Arrendador si éste inicia acciones de recobro como consecuencia del presente contrato de alquiler.
- El Arrendatario será responsable de todos los gastos derivados del transporte del vehículo hasta las instalaciones del Arrendador, según la decisión de éste, en caso de que dicho transporte sea necesario por accidente, daños en el vehículo o por cualquier otra causa. En tales casos, las coberturas de exención por daños por colisión no tendrán efecto. El Arrendatario será responsable de todos los gastos de asistencia en carretera, salvo en aquellos supuestos en que resulte de aplicación la cláusula 21.
Obligaciones del Arrendador
- El Arrendador garantiza que el vehículo cumple los requisitos que le son exigibles.
- El vehículo se pondrá a disposición del Arrendatario con el depósito de combustible lleno.
- El Arrendador se compromete a hacer todo lo razonablemente posible para que el vehículo esté disponible a la hora convenida. Si el vehículo se pone a disposición del Arrendatario más de 8 horas después de la hora de alquiler acordada, el alquiler correspondiente a dicho día no se cobrará.
- Si el vehículo sufre una avería como consecuencia del desgaste normal o por otras causas no imputables al Arrendatario, el Arrendador pondrá a disposición del Arrendatario otro vehículo tan pronto como sea posible o se asegurará de que la reparación se lleve a cabo lo antes posible en el lugar que el propio Arrendador determine. Lo anterior no afectará al pago del alquiler ni de cualesquiera otros importes que el Arrendatario deba abonar conforme a este contrato. El Arrendador no abonará compensación alguna en los casos mencionados, ni por alojamiento ni por otros conceptos. En caso de avería del vehículo, el Arrendatario deberá informar al Arrendador inmediatamente.
- El Arrendador informará al Arrendatario del contenido del presente contrato de alquiler, en particular de las obligaciones que éste asume al firmarlo.
- En la medida de lo posible, el Arrendador informará a los Arrendatarios extranjeros sobre la normativa de tráfico islandesa, las señales de tráfico y las normas que prohíben la conducción fuera de carretera, así como de los riesgos derivados de la presencia de animales en la calzada.
- Si el Arrendador desea limitar el uso del vehículo en función de su diseño y/o del estado de las carreteras, en aspectos distintos de los establecidos en este contrato, deberá hacerlo por escrito en el momento de la firma del presente contrato de alquiler.
- El Arrendador garantiza que dispondrá en todo momento de un seguro de responsabilidad civil válido para su actividad.
- El Arrendador no será responsable de la desaparición o daños de los objetos que el Arrendatario u otras personas mantengan o transporten en el interior o sobre el vehículo.
Coberturas y franquicia (Collision Damage Waiver – CDW y SCDW)
- El precio del alquiler incluye el seguro obligatorio del vehículo, es decir, el seguro de responsabilidad civil y el seguro de accidentes para el conductor y el propietario.
- El seguro de responsabilidad civil frente a terceros y el seguro de accidentes del conductor tendrán los límites de cobertura fijados en cada momento por la legislación islandesa. La franquicia a cargo del Arrendatario por daños al vehículo alquilado podrá llegar hasta el valor total del vehículo; véase la estipulación adicional sobre franquicia en la portada de este contrato.
- El Arrendatario podrá abonar una prima de reducción de franquicia (CDW y SCDW) y reducir así su responsabilidad económica en caso de daños. El importe de dicha prima será el establecido en la lista de precios del Arrendador. Sin perjuicio del pago de la prima de franquicia, el Arrendatario estará siempre obligado a pagar un importe mínimo en caso de daños en el vehículo alquilado durante el tiempo en que el vehículo esté bajo su responsabilidad. Este importe mínimo se determina en la lista de precios del Arrendador. Cada franquicia se aplicará únicamente a un solo siniestro. En caso de existir varios daños que claramente no se hayan producido al mismo tiempo, cada siniestro estará sujeto a su propia franquicia CDW/SCDW.
- Los importes de las franquicias (CDW y SCDW) varían en función de la cuantía de los daños cubiertos. En lo relativo a dichas franquicias y a los importes de daños a los que se aplican, se remite a la lista de precios del Arrendador, que se considerará parte integrante del presente contrato de alquiler cuando se contrate la reducción de franquicia (CDW y SCDW).
El pago de una prima de franquicia (CDW y SCDW) no reduce la responsabilidad económica del Arrendatario por daños al vehículo en los siguientes casos:
a. Daños intencionales o derivados de negligencia grave por parte del conductor.
b. Daños derivados de la conducción bajo los efectos de alcohol, drogas u otras sustancias que impidan controlar el vehículo de forma segura.
c. Daños derivados de la participación en carreras o pruebas de conducción.
d. Daños derivados de guerra, revolución, disturbios y/o desórdenes civiles.
e. Daños causados por animales.
f. Agujeros o quemaduras en los asientos, alfombras o moquetas.
g. Daños que afecten exclusivamente a ruedas, neumáticos, suspensión, baterías, cristales, equipo de radio, así como los daños derivados del robo de partes individuales del vehículo.
h. Daños causados por la conducción en carreteras en mal estado, por ejemplo, en la caja de cambios, el eje de transmisión, el cárter de aceite, el motor u otras partes del chasis, así como daños en el bastidor causados por golpes del vehículo contra irregularidades de la vía, bordes de carretera formados por maquinaria de nivelación, piedras incrustadas en carreteras de grava o bordes de la calzada. Lo mismo se aplica a los daños causados por piedras sueltas que golpeen el vehículo, su parte inferior o el radiador durante la conducción.
i. Daños resultantes de la conducción en zonas donde está prohibido circular, por ejemplo, caminos, pistas, bancos de nieve, hielo, ríos o cauces sin puentes, playas, zonas accesibles solo con marea baja u otras áreas sin vías habilitadas.
j. Daños en turismos derivados de la conducción por carreteras marcadas con la letra F en mapas públicos, así como por Kjölur (nº 35), Kaldidalur (nº 550) y las carreteras de acceso a Landmannalaugar (nº 208).
k. Daños causados al vehículo por arena, grava, ceniza, piedra pómez u otros materiales terrosos proyectados contra el mismo por el viento.
l. Si el vehículo es transportado por mar, el pago de la franquicia no se aplicará a los daños causados por el agua de mar.
m. Cualquier pérdida sufrida por el Arrendador como consecuencia del robo del vehículo.
n. Daños por agua en el vehículo.
- Mediante el pago de recargos específicos, TP (Theft Protection – cobertura de robo), SAAP (Sand and Ash Protection – cobertura de arena y ceniza) y WP (Windshield Protection – cobertura de parabrisas), el Arrendatario puede reducir su responsabilidad económica por daños derivados del robo del vehículo, de daños causados por arena y ceniza en suspensión y de daños en el parabrisas delantero y los faros delanteros. No obstante, incluso con dichas coberturas, el Arrendatario deberá abonar siempre un importe mínimo de franquicia no eliminable en caso de daños al vehículo mientras éste se encuentre bajo su responsabilidad. Este importe se determina igualmente en la lista de precios del Arrendador.
Disposiciones generales
- El Arrendador estará autorizado a tomar posesión del vehículo, a su discreción y sin previo aviso, si éste ha sido estacionado ilegalmente, si se ha utilizado de forma contraria al presente contrato o a la legislación y normativa aplicable, si aparenta haber sido abandonado o si el Arrendatario mantiene deudas pendientes con el Arrendador.
- En los casos en que el Arrendador ejerza el derecho anterior, ello no afectará al pago del alquiler ni de otros importes que el Arrendatario deba abonar conforme al presente contrato. No obstante, si el vehículo se alquila de nuevo a un tercero durante el período de alquiler inicialmente acordado, el importe del alquiler se reducirá en la medida en que los períodos de alquiler del Arrendatario y del tercero coincidan. El Arrendador decidirá de forma unilateral, en cada momento, si facilita al Arrendatario otro vehículo en sustitución del alquilado, por ejemplo, en caso de incumplimiento del contrato, accidente o daños. Si el Arrendatario recibe un vehículo de sustitución de una categoría y precio inferiores, no tendrá derecho a reembolso alguno por la diferencia. Si únicamente hubiera disponible un vehículo de categoría superior, el Arrendador se reserva el derecho a cobrar la diferencia de precio entre el vehículo inicialmente alquilado y el vehículo puesto a disposición del Arrendatario, con cargo a la tarjeta de crédito presentada por éste al inicio del alquiler o posteriormente.
- Si el vehículo es maltratado, se utiliza para el transporte de animales de compañía o se fuma en su interior, el Arrendatario deberá abonar un cargo por limpieza según la lista de precios del Arrendador.
- El Arrendador estará autorizado a cargar en la tarjeta de crédito del Arrendatario el alquiler y cualesquiera otros importes que el Arrendatario deba pagar conforme al presente contrato, incluidos los pagos por daños sufridos por el vehículo mientras se halle en posesión del Arrendatario, así como por los días de alquiler perdidos debido a dichos daños, teniendo en cuenta la tasa de utilización de la flota del Arrendador. El Arrendador tendrá plena facultad para decidir cuándo efectuar dichos cargos y si realizarlos en una o varias transacciones. Este derecho permanecerá vigente durante seis (6) meses después de la devolución del vehículo al Arrendador.
La firma del Arrendatario en el presente contrato de alquiler equivale a su firma en los cargos de tarjeta de crédito correspondientes a los pagos que el Arrendador cargue en dicha tarjeta y a los que tenga derecho conforme a las disposiciones del presente contrato.
- El Arrendatario confirma, mediante su firma en este contrato y en el formulario de informe del estado del vehículo (RVCR), que ha recibido el vehículo y sus accesorios en buen estado.
- El presente contrato de alquiler deberá permanecer siempre en el vehículo mientras éste se encuentre bajo la responsabilidad del Arrendatario.
- Toda modificación o anexo al presente contrato de alquiler deberá formalizarse por escrito y quedar firmado por ambas partes contratantes.
- El presente contrato de alquiler y los acuerdos celebrados sobre la base de sus disposiciones, así como las reclamaciones de daños y perjuicios que puedan presentarse posteriormente, se regirán por la legislación islandesa. Ello se aplicará tanto al fundamento como al cálculo de la indemnización. Lo mismo se aplicará a las reclamaciones de responsabilidad extracontractual. Cualquier acción judicial derivada del presente contrato solo podrá interponerse ante los tribunales competentes del domicilio del Arrendador.
- El Arrendatario acepta, al firmar este contrato, que, en caso de que el vehículo sufra daños o pérdidas de las que sea responsable, los documentos siguientes se considerarán prueba suficiente del importe y alcance de dichos daños o pérdidas, se inicie o no un procedimiento civil:
- El contrato de alquiler firmado.
- El informe del estado del vehículo, aceptado y firmado por el Arrendatario al inicio del alquiler.
- La estimación de los costes de reparación emitida por el Arrendador.
- Una o varias fotografías de los daños sufridos por el vehículo.
- Las controversias entre las partes del presente contrato de alquiler podrán someterse al Comité de Arbitraje de la Asociación de Consumidores de Islandia y de la Asociación de la Industria Turística de Islandia.
Declaración del Arrendatario y condiciones específicas
Acepto la responsabilidad, en nombre de todas las partes responsables, por todos los cargos derivados de las condiciones de este contrato durante todo el período de alquiler, hasta y después de la devolución del vehículo, incluidos el impago de multas de estacionamiento, sanciones por exceso de velocidad u otras sanciones legales, tasas administrativas, cargos demorados o modificados y cualesquiera costes por daños. Acepto que todos dichos importes se carguen a la tarjeta de crédito presentada en este contrato o a cualquier otro medio de pago facilitado. Mi firma a continuación se considerará efectuada en un comprobante de tarjeta de crédito válido.
Hertz está autorizada a tomar posesión del vehículo, a su discreción y sin previo aviso, si el Arrendatario mantiene cualquier deuda pendiente con el Arrendador.
Declaro haber comprobado el estado del vehículo alquilado antes de la salida y acepto que todos los daños existentes en el vehículo se corresponden con el Informe de Estado del Vehículo adjunto al presente contrato de alquiler.
Devolución anticipada: en caso de devolución anticipada del vehículo alquilado, no se realizará reembolso alguno del importe del alquiler.
Acepto que los vehículos de tracción a dos ruedas, así como los vehículos híbridos enchufables, eléctricos y de lujo, salvo indicación en contrario, no están autorizados a circular por carreteras marcadas con la letra F en los mapas de carreteras oficiales ni por las carreteras Kjöl (nº 35) y Kaldadal (nº 550), ni por la carretera de acceso a Landmannalaugar (nº 208). Los vehículos aptos para circular por las tierras altas figuran en www.hertz.is/vehicle_guide en cada momento. El incumplimiento del artículo 10 de los Términos y Condiciones del presente contrato de alquiler autoriza a Hertz a cobrar al Arrendatario una penalización de 150.000 ISK.
Manifiesto haber leído y aceptado los Términos y Condiciones en ambas caras de este contrato de alquiler y, en particular, haber prestado especial atención a las cláusulas relativas al seguro, la responsabilidad del Arrendatario y los supuestos en los que los daños no quedan cubiertos por el seguro.
Los términos y condiciones están disponibles en varios idiomas previa solicitud.